La Guàrdia Urbana de Barcelona multará a las motos mal aparcadas en estas zonas de la ciudad a partir del 1 de febrero

La nueva ordenanza de circulación, peatones y vehículos de Barcelona anunciada a finales de noviembre entra ahora en vigor 

A partir de este 1 de febrero, con la entrada en vigor de la actualizada ordenanza municipal de circulación de Barcelona, la Guàrdia Urbana multará a las motos aparcadas en la acera de entornos escolares y de centros hospitalarios. La modificación de la normativa establece de manera estructural que estos vehículos tienen prohibido estacionar en la zona de influencia de los accesos a pie a dichos edificios. 

Se trata de una medida que, según el Ayuntamiento, busca “recuperar la acera para los peatones”, especialmente para aquellos con movilidad reducida o que llevan cochecitos, y garantizar que puedan desplazarse a pie por aceras seguras y libres de obstáculos.

Además de la prohibición explícita del aparcamiento de motocicletas en las aceras de entornos escolares y de centros hospitalarios, la ordenanza prevé sancionar el estacionamiento de motos en vados de peatones, carriles bici o delante de contenedores.

La modificación de la ordenanza municipal tiene como objetivo preservar las aceras para los peatones, por lo que también prohíbe la circulación de bicicletas vehículos de movilidad personal (VMP) en estos espacios. De todos modos, las pueden utilizar las personas adultas que transporten a menores de edad con sistemas homologados (remolques o sillitas) o que acompañen a niños de hasta 12 años, que también pueden ir por ellas (hasta los 14, en calles sin carril bici).

Las nuevas ordenanzas municipales priorizan las aceras como espacio libre y seguro para peatones

La nueva normativa incorpora la prohibición de atar las motos los árboles, semáforos, bancos, contenedores, papeleras y marquesinas de transporte, así como otros elementos de mobiliario urbano cuando se dificulte el paso de los peatones o la funcionalidad del elemento.

El Ayuntamiento de Barcelona aconseja que lo ideal es aparcar la moto en la calzada, pero si no es posible y no hay señalización que lo prohíba, se puede estacionar en la acera. Siempre que se respete el espacio destinado a los peatones, hay ciertas condiciones que se deben cumplir para evitar molestias o sanciones.

En las aceras del Eixample se permite aparcar en paralelo, aunque en la práctica, muchos motoristas optan por estacionar en semibatería

En las aceras de entre 3 y 6 metros de ancho, las motos deben aparcarse en paralelo a la calzada, nunca en batería, como ocurre en muchas calles del Eixample donde habitualmente están estacionadas de forma ilegal. Además, deben quedar a 0,5 metros del bordillo y no obstruir accesos, papeleras ni contenedores. Es imprescindible dejar siempre un paso libre de 3 metros para los peatones y nunca estacionar a menos de 2 metros de los pasos de peatones o las paradas de autobús

En aceras que superen los 6 metros de ancho, se permite aparcar en semibatería, pero siempre que quede un paso libre de al menos 3 metros para los peatones.

En cambio, no se puede aparcar en aceras de menos de 3 metros de ancho. Las aceras en calles de plataforma única se consideran como una acera de un callejón segregado, por lo que, si no superan los 3 metros, tampoco se puede estacionar la moto.

Tampoco está permitido estacionar en las aceras de los alrededores de escuelas o centros hospitalarios. Además, se prohíbe aparcar en los espacios junto a los estacionamientos de bicicletas, en los pasos de peatones, en los carriles bici o cuando se obstruya el acceso a contenedores.

Multas por aparcar mal la moto

Los conductores de motos que no respeten las nuevas normativas de aparcamiento en Barcelona podrán ser sancionados con multas que van desde los 50 euros a hasta los 500 euros, dependiendo de la infracción cometida. 

Las multas más elevadas, de hasta 500 euros, se aplicarán a quienes aparquen junto a los accesos de escuelas o hospitales. También habrá multas de 200 euros por estacionar en carriles bici. El resto de sanciones son las siguientes: 100 euros de multa por aparcar en espacios destinados a bicicletas o en pasos de peatones, y 50 euros por hacerlo en zonas donde se obstruya el uso de los contenedores o en aceras de menos de tres metros.

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